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Descubre las novedades en la declaración de la renta que afectan a padres y madres

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La campaña de la renta 2018 se acerca. El día 1 de abril se da el pistoletazo de salida para la petición de citas. Si tributas y eres madre o padre, te interesa conocer las novedades que te afectan. Se trata de la incorporación de algunas deducciones y condiciones que se aplicarán ya en la campaña de la renta de 2018, aunque no durante todo el ejercicio fiscal. Para ayudarte, hemos recogido todos los detalles. ¡No te los pierdas!

Principales novedades en la declaración de la renta para padres y madres

Ya sabemos que se puede reclamar la devolución del IRPF de la prestación de maternidad y paternidad desde el año 2014, pero ¿qué ocurre con las del último ejercicio? Esta es una de las novedades que aplican en la próxima declaración.

  • Las prestaciones de maternidad y paternidad están exentas del pago de IRPF.
  • Si se sufragan gastos de educación infantil en centros autorizados, ya sea guardería o escuela infantil, la deducción por maternidad se incrementa en 1000 €.
  • Entre los beneficios de las familias numerosas, está la ampliación de la deducción, que se incrementa en 50 € mensuales a partir del cuarto hijo en la categoría general. En la categoría especial será a partir del sexto. Este aumento en la deducción se aplica en el ejercicio 2018 solo de agosto a diciembre.
  • Se establece una deducción por cónyuge con discapacidad a cargo de 1.200 euros anuales (100 euros al mes). Al igual que en el supuesto anterior, en este ejercicio solo se aplicará en los meses de agosto a diciembre.
  • Para los contribuyentes que tengan al resto de la unidad familiar en otro Estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, se establece una deducción que hace que la cuota se equipare a la que tendrían si todos residieran en España.

Calendario de la declaración de la renta 2018

La campaña de la declaración de la renta 2018 se inicia el 2 de abril, pero es importante conocer las fechas clave para no incumplir ningún plazo.

  • 1 de abril comienza el plazo de solicitud de cita para la realización de la declaración de la renta por teléfono.
  • 2 de abril: se abre el periodo de presentación de la renta por internet y por teléfono. Si el resultado de la declaración es a ingresar se puede presentar hasta el 26 de junio.
  • 6 de mayo: se inicia el plazo para la solicitud de cita para la realización de la renta de manera presencial.
  • Para realizar la declaración de manera presencial el plazo se abre el 14 de mayo. El plazo de presentación para declaraciones a ingresar también será hasta el 26 de junio.
  • El 1 de julio se cierra el plazo de presentación para el resto de supuestos.

En la página web de la Agencia Tributaria podrás consultar todos los detalles en profundidad. ¿Conocías estos cambios?

Publicado el 26 Mar, 2019

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