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Seguridad infantil en el automóvil: cambio en la normativa i-Size

Nada más comenzar el año saltaba la noticia: en 2017 habría un cambio en la normativa i-Size, referente a los sistemas de retención infantil (SRI) en el automóvil. Pero, ¿en qué afecta este cambio a los padres y madres?, ¿tendrán que cambiar todos los dispositivos de sus hijos? En este artículo tratamos de arrojar algo de luz en este maremágnum de datos, números y normas.

Qué es la normativa i-Size

La normativa i-Size es una de las normativas de homologación para las sillas de niño en el automóvil vigentes en la actualidad. Por el momento conviven dispositivos homologados bajo tres normas diferentes pero solo son comercializables los de la citada i-Size y la ECE R44/04. Esto quiere decir que aquellos dispositivos que se homologaron bajo la norma ECE R44/03 siguen siendo legales, aunque ya no se encuentren en las tiendas.

La implementación de la i-Size comenzó en el año 2013 de forma gradual, en 2017 comienza la segunda fase de la misma. En tanto que normativa, no se trata de una ley. La homologación es el conjunto de especificaciones necesarias para que un producto sea legal, es decir, es lo que hace que un producto se pueda vender. Así cualquier silla que encontremos en una tienda de puericultura estará homologada.

Qué debemos saber los padres y madres sobre la i-Size

En realidad, no debemos saber nada. Cualquier producto que compramos, desde un televisor a un automóvil, ha de estar homologado y no nos preguntamos por las pruebas que ha pasado para ello. Pues con las sillas es lo mismo.

La normativa de homologación cambiará, como cambian tantas otras cosas, en función de las mejoras que se vayan descubriendo y afectará a las nuevos productos, no a los que ya tenemos en nuestros hogares. Por ello no tendremos que cambiar los SRI que ya tenemos, son perfectamente legales. Diferente sería que se prohibieran por una alerta de seguridad, pero, eso no ha ocurrido, así que tranquilidad.

¿Y los alzadores?

Mucho se ha hablado de los alzadores en todo esto porque son los protagonistas de esta segunda fase de la i-Size. En base a ella, los dispositivos de hasta 125 cm. de altura, para ser homologados y, por tanto, llegar a la venta, deberán estar dotados de respaldo. A partir de esa altura y hasta 150 cm los SRI se podrán homologar, indistintamente, con o sin respaldo.

Pero los padres y madres no vamos a homologar, solo vamos a adquirir la silla, así que la pregunta es ¿podrán nuestros hijos e hijas seguir usando los alzadores que ya tienen? La respuesta es sí. Esto cambia la homologación, no el uso.

Esperamos haber aclarado vuestras dudas al respecto.

Para más información:

Que los niños viajen a contramarcha (por favor).

Seguridad infantil: ¿qué tengo que saber sobre la normativa i-Size? por Sara Palacios, de Mamis y Bebés.

Publicado el 18 Abr, 2017

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