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Trámites necesarios tras el nacimiento de un bebé

Por Madres cabreadas

El momento de tener un hijo es uno de los más especiales de nuestra vida y, por lo general, no tenemos la cabeza en el papeleo que tenemos que hacer para que todo esté en orden, sin embargo es totalmente imprescindible realizar algunos trámites. Estos son los trámites tras el nacimiento del bebé.

1. Inscripción del nacimiento en Registro Civil

del lugar donde ha nacido el bebé o donde va a residir. El plazo es desde 24 h del nacimiento hasta 8 días naturales. Si hay una causa justificada, hasta 30 días después.

Curiosidad: ¿Por qué el plazo empieza 24 h. después del nacimiento? Porque el Código Civil no considera persona física con derechos a un recién nacido hasta que no ha pasado 24 h. separado del útero materno, hasta entonces éste sólo tendría derechos hereditarios.

Si no estáis casados tenéis que ir ambos, si estáis casados puede ir cualquiera de los dos.

Pero si queréis invertir el orden de los apellidos deberéis comparecer ambos. La prevalencia masculina en el orden de los apellidos está pendiente de cambio, pero se ha retrasado su entrada en vigor.

 2. El empadronamiento

Por lo general el Registro Civil lo hace de oficio. Pero si no es así, tendréis que acudir al padrón municipal a inscribir al bebé, porque de él depende el centro de salud que os corresponda.

3. Solicitud de afiliación en la Seguridad Social

Se presenta en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) para dar de alta al recién nacido como beneficiario de la cartilla del padre o la madre para tener derecho a la asistencia sanitaria.

Os recomiendo que llevéis ya el formulario relleno. Lo podéis descargar aquí. Para este trámite es conveniente solicitar cita previa en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

 4. Tarjeta sanitaria y asignación de pediatra

Una vez realizado el trámite anterior, tenéis que acudir al centro de salud que corresponda según el domicilio donde esté empadronado el niño, para tramitar su tarjeta sanitaria y que se le asigne un pediatra.

Si con el tiempo veis que no os gusta el pediatra que os han asignado, aquí os explico el procedimiento para solicitar el cambio.

5. Permiso de maternidad

Dura 16 semanas, en las que la madre cobra el 100% de su salario. En caso de parto múltiple se amplía en 2 semanas más por cada hijo, a partir del segundo.

Las madres trabajadoras por cuenta ajena tienen que llevar a la empresa el informe de maternidad expedido por el facultativo del Servicio Público de Salud que la atienda. Tened en cuenta que si en las semanas previas al parto habéis estado de baja médica, también tendréis que llevar a la empresa el informe de alta. La empresa os debe entregar un certificado que tendréis que presentar en la oficina de la Seguridad Social, podéis aprovechar para hacerlo cundo vayáis a hacer el trámite 3.

En caso de estar cobrando la prestación por desempleo, es necesario dirigirse a una oficina del INEM para que la congelen mientras se pasa a cobrar la prestación por maternidad.

Para solicitarlo, pinchar aquí.

6. Permiso de paternidad

Dura quince días en los que el padre cobrará el 100% de su salario. En los casos de familia numerosa o de nacimiento prematuro, o parto múltiple, el permiso de paternidad dura algunos días más.

Tendréis que solicitar el certificado de empresa del padre y entregar el informe de maternidad. La ley permite que el padre pueda coger parte de los días del permiso de la madre si desean repartírselos de manera distinta. Esto se decide en el formulario que hay que rellenar para la Seguridad Social.

En caso de estar cobrando la prestación por desempleo, tendréis que dirigiros a una oficina del INEM para que la congelen.

Existe la posibilidad de gastar los días del permiso en forma de media jornada en lugar de jornada completa.

7. Deducción por madre trabajadora

Las madres trabajadoras tienen derecho a una deducción fiscal hasta que el bebé cumpla los 3 años, se puede optar porque la abonen mes a mes a razón de 100 Euros, o todo de golpe cuando se realiza la declaración de la renta.

8. Bonificación por familia numerosa

Si sois familia numerosa pinchad aquí para ver cómo solicitar esta bonificación.

9. DNI del bebé

Sólo es necesario si va a viajar fuera de España porque no es obligatorio hasta que cumpla los 14 años. Es el único trámite en el que el peque debe estar presente.

Como veis, los trámites son un poco farragosos, pero con una buena planificación y toda la información que os he dado, sobre todo, teniendo claro lo que hay que hacer, se pueden realizar en dos o tres mañanas como mucho.

Publicado el 06 May, 2015

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